No se aceptarán devoluciones de materiales o servicios, tal y como establece el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en los siguientes casos:

  1. La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.
  2. El suministro de bienes o la prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento.
  3. El suministro de bienes personalizados conforme a las indicaciones del cliente.
  4. El suministro de bienes que puedan deteriorarse por manipulación inadecuada.
  5. El suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.

Además, para su gestión, se ha de tener en cuenta lo siguiente: El cliente deberá contar con la aceptación de la devolución por parte de COFITEL (por e-mail o por correo ordinario), tramitada a través del gestor con el que se gestionó la compra.

Acceda a la página de pago.

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